Para hablar de despidos en España, es importante entender que no todos son iguales. Podemos definir el despido como la decisión de un empresario de poner fin a la relación laboral con un trabajador.
Comprender los derechos y deberes tanto de las empresas como de los trabajadores es fundamental para comprender cómo se regulan estos procesos. En este post, explicaremos los diferentes tipos de despido y los requisitos legales que deben cumplirse en cada caso.
Tipos de despido
El derecho laboral se encarga de definir cómo deben ser las relaciones entre empresarios y trabajadores, y los despidos son una parte fundamental de esta regulación.
Existen tres tipos de despido que un empresario puede llevar a cabo:
- Despido objetivo
- Despido disciplinario
- Despido colectivo
Despido objetivo
Se produce por causas objetivas, ya sean técnicas, económicas, productivas u organizativas, ajenas a la conducta del trabajador.
Para que la empresa pueda finalizar una relación contractual, deberá alegar alguno de los siguientes motivos establecidos en el artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores:
- Ineptitud del trabajador conocida o sobrevenida con posterioridad a su colocación efectiva en la empresa.
- Falta de adaptación a las modificaciones técnicas del puesto de trabajo.
- Por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción relacionadas con el funcionamiento de la empresa.
- Insuficiencia de las prestaciones públicas con las que se financia el contrato en entidades sin ánimo de lucro.
Este tipo de despido conlleva que una indemnización, cuyo importe final dependerá de si el trabajador recurre o no el despido y de si este es declarado procedente o improcedente.
Despido disciplinario
Este tipo de despido tiene lugar cuando el trabajador incumple de manera grave sus responsabilidades en el trabajo. Se lleva a cabo cuando la empresa considera que el empleado ha cometido faltas como para justificar el fin de la relación laboral. Debido a la naturaleza de la falta, la empresa no está obligada a pagar una indemnización.
Sin embargo, es fundamental que la empresa cumpla con los requisitos legales establecidos en el artículo 55 del Estatuto de los Trabajadores para que el despido sea considerado procedente.
Asimismo, el Pleno del Tribunal Supremo, por unanimidad, ha resuelto el 18 de noviembre de 2024 que el empresario debe ofrecer al trabajador la posibilidad de defenderse de los cargos formulados en su contra, dándole un trámite de audiencia previa, antes de adoptar la extinción del contrato de trabajo por despido disciplinario.
Algunas de las causas del despido disciplinario son la indisciplina, la faltas injustificadas de asistencia, las ofensas verbales o físicas, la embriaguez o el acoso a otros compañeros.
Despido colectivo o ERE
El tercer y último tipo de despido es el colectivo, también conocido como ERE (Expediente de Regulación de Empleo de extinción o ERE de extinción). Este se produce cuando, por causas objetivas, se decide despedir a un número significativo de trabajadores de una empresa.
Se da cuando se ven afectados por el mismo un determinado número de trabajadores:
- Diez trabajadores, en las empresas que ocupen menos de cien trabajadores.
- El diez por ciento del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y trescientos trabajadores.
- Treinta trabajadores en las empresas que ocupen más de trescientos trabajadores.
Para que un ERE pueda llevarse a cabo, deben de aprobarse todos los requisitos necesarios por la autoridad laboral correspondiente.
Generalmente, este tipo de despido se produce cuando la empresa enfrenta dificultades que amenazan su estabilidad. El objetivo de estos despidos es superar esos problemas y asegurar el futuro de la empresa.
¿Cómo se puede calificar un despido?
Puede calificarse de varias formas dependiendo de las circunstancias y del cumplimiento de la normativa laboral. Las principales clasificaciones son:
- Despido procedente: El empresario cumple con los requisitos legales y justifica debidamente el despido en la carta entregada al trabajador, cumpliendo con las normativas establecidas.
- Despido improcedente: Si el empresario no ha cumplido los requisitos legales y no existe un motivo que justifique el despido, este se califica como improcedente. Esto implica que el trabajador tiene derecho a ser readmitido o a percibir una indemnización.
- Despido nulo: Cuando se considera que el despido se ha producido por causas discriminatorias o vulnerando derechos fundamentales y libertades públicas del trabajador. Un despido nulo obliga a la empresa a readmitir al trabajador y a pagarle los salarios que no haya recibido durante el período de despido.
Si tienes alguna duda o necesitas conocer tus derechos en un caso específico de despido, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Nuestro equipo está a tu disposición para ayudarte en todo lo que necesites y se involucrará al máximo en tu caso.